Responsabilidad del administrador: quién reclama y quién cobra
Diferencias entre acción social e individual de responsabilidad. Cómo identificar el daño y el destinatario de la indemnización.
Antes de reclamar al administrador, identifica qué patrimonio sufrió el daño. Esa cuestión permite distinguir acción social, acción individual y responsabilidad por determinadas deudas, y determina a quién correspondería una indemnización.
La pérdida de la sociedad
La acción social busca reparar el patrimonio social. Conducta, deber incumplido, daño y relación causal necesitan acreditarse. También se comprueba quién puede promover la acción y qué condiciones exige su legitimación.
Que un socio impulse una reclamación en los supuestos permitidos no significa que reciba personalmente lo que corresponde a la sociedad. La pérdida de valor de su inversión puede ser consecuencia de ese daño social.
El perjuicio directo de socio o tercero
La acción individual exige analizar un daño directo y su conexión con la conducta del administrador. No convierte cualquier impago o pérdida empresarial en un derecho personal de indemnización.
Ejemplo hipotético: la sociedad paga una cantidad a una entidad vinculada sin prestación identificada y un socio solicita cobrar personalmente su parte proporcional. Hay que precisar si el daño se produjo en el patrimonio social o directamente en el suyo. Esa diferencia condiciona la acción, la legitimación y el destino de una eventual reparación.
Deudas y fechas necesitan otra revisión
La responsabilidad del artículo 367 LSC tiene presupuestos propios relacionados con causas de disolución y obligaciones. Hay que reconstruir cuándo surgió cada hecho y cómo actuó el administrador. Los plazos de las distintas vías no se tratan como idénticos.
Para la consulta, prepara operaciones, documentos y cuantificación disponible. Indica si representas a la sociedad, eres socio, acreedor o administrador reclamado. El análisis permite elegir una acción o defensa coherente con el daño, la legitimación y la finalidad de la reclamación.
Documentos para preparar esta consulta
Prepara contratos, movimientos y acuerdos relacionados con la conducta, obtenidos de forma lícita. Describe quién soportó el perjuicio y cómo se cuantifica. Evita sumar como daños distintos una pérdida de la sociedad y su reflejo económico en el valor de la participación.